El Pleno del Ayuntamiento de Errenteria aprobó ayer la nueva ordenanza que regulará la aplicación del impuesto de estancia turística en el municipio. La moción salió adelante con los votos a favor de EH Bildu, Elkarrekin Podemos, el Partido Socialista y el Partido Nacionalista Vasco, mientras que el Partido Popular se abstuvo. Este nuevo impuesto entrará en vigor el 1 de enero de 2027, una vez finalizado su proceso de tramitación.
La posibilidad de aplicar este nuevo impuesto es consecuencia de la aprobación por parte de las Juntas Generales de Gipuzkoa, el pasado 12 de junio de 2026, de la Norma Foral 3/2026, que regula el impuesto sobre las estancias turísticas en los municipios del Territorio Histórico de Gipuzkoa. La ordenanza aprobada establece las tarifas mínimas previstas en la normativa foral para las diferentes categorías de alojamientos turísticos.
Teniendo en cuenta la oferta existente en el municipio, se aplicarán tarifas específicas: un euro para hoteles de 2 estrellas, 0,50 euros para establecimientos de agroturismo, 0,75 euros para casas rurales y 6,50 euros para viviendas de uso turístico, a las que se aplicará la tarifa máxima. Esta medida se alinea con las políticas de vivienda que se están desarrollando en el marco de la declaración de Errenteria como Zona de Vivienda Tensionada.
El nuevo impuesto se aplicará a las estancias temporales y tiene como objetivo que los visitantes contribuyan al sostenimiento de los servicios municipales. El impuesto se aplica por cada unidad de estancia, es decir, por cada día o fracción de día que una persona permanezca en un alojamiento turístico. Las estancias inferiores a 24 horas se considerarán una unidad de estancia, y por cada estancia continuada en el mismo establecimiento, se pagarán un máximo de seis unidades.
La normativa también contempla diversas exenciones. Entre ellas, se incluyen las estancias de menores de 18 años, aquellas realizadas por motivos de salud, discapacidad o dependencia, así como las vinculadas a estudios, investigación, programas sociales o situaciones de fuerza mayor.
La decisión adoptada por el Pleno se someterá a información pública durante un plazo de 30 días hábiles. Durante este periodo, los interesados podrán presentar reclamaciones y observaciones.




