Aunque el real decreto ley sobre el alquiler, aprobado el 20 de marzo de 2026, podría decaer en los próximos días en el Congreso de los Diputados, se mantiene en vigor hasta entonces. Este decreto se fundamenta en dos pilares esenciales: la prórroga extraordinaria de los contratos y la limitación de las subidas de renta. En cuanto a la prórroga, los contratos que finalicen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán extenderse por dos años más si los inquilinos así lo solicitan.
Para acogerse a esta medida, el decreto exige que el inquilino envíe un burofax al propietario. Si este burofax se remite antes de que el decreto sea derogado, el inquilino ya se habrá acogido a dicha prórroga. Partidos como Sumar y ERC han instado a los inquilinos a enviar este burofax o, al menos, un correo electrónico con confirmación de lectura.
En el burofax, es crucial indicar claramente que, “al amparo del Real Decreto-ley 8/2026”, se solicita la prórroga extraordinaria del contrato por un periodo de hasta dos años. La mayoría de los expertos aseguran que, una vez enviado el burofax, el contrato quedará automáticamente renovado bajo las mismas condiciones, aunque existe la posibilidad de que propietarios o partidos políticos lleven esta medida a los tribunales.
Mientras los jueces resuelven estas posibles disputas legales, los inquilinos que hayan enviado el burofax podrían beneficiarse de ese tiempo adicional antes de que expire su contrato de alquiler.




