Ensanche 21 pone en marcha el programa de vivienda en alquiler para jóvenes en Vitoria-Gasteiz

Se destinarán pisos promovidos y rehabilitados por la sociedad municipal para jóvenes de entre 18 y 35 años, con rentas mensuales de entre 200 y 550 euros.

Imagen genérica. Fachada de un edificio de una institución pública, luz solar.
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Imagen genérica. Fachada de un edificio de una institución pública, luz solar.

La sociedad municipal Ensanche 21 aprobará este viernes las bases del programa de promoción de vivienda en alquiler para jóvenes en el Casco Medieval de Vitoria-Gasteiz.

Este programa se centrará tanto en los bloques que promueva Ensanche 21 como en los que paulatinamente vaya rehabilitando la sociedad municipal con el fin de destinarlos a residencia habitual y permanente para jóvenes mediante la fórmula de alquiler. Los objetivos de la iniciativa son recuperar la “función social de las viviendas, poniéndolas en uso en régimen de alquiler, atender el derecho a disfrutar a una vivienda digna a través de la fórmula del alquiler y promover una renta de alquiler adecuada al nivel de ingresos de las personas jóvenes destinatarias de este programa, además de suponer un rejuvenecimiento de la población del barrio”, ha explicado Borja Rodríguez, concejal de Modelo de ciudad, Urbanismo, Vivienda y presidente de Ensanche 21.
Por su parte, el concejal de EH Bildu Xabier Ruiz de Larramendi, ha señalado que se trata de “un programa de alquiler protegido propio que servirá para poner al servicio de las personas jóvenes los bloques de viviendas que se están construyendo o rehabilitando por completo en el Casco Viejo. Está enfocado a personas de entre 18 a 35 años, con alquileres que oscilan entre los 200 y los 550€ mensuales y que en ningún caso podrán superar el 30% de los ingresos. Un programa que ofrecerá a las personas jóvenes un alquiler asequible y estable que les permita emanciparse e iniciar proyectos de vida propios e independientes”.
Una vez publicado en la página web de la Sociedad Urbanística Municipal se abrirá un periodo de dos meses para la inscripción de los solicitantes. Finalizado ese periodo una comisión técnica se encargará de hacer la baremación de cada una de las inscripciones y, tras la aprobación por parte del consejo de Ensanche 21, se publicará una lista con las personas admitidas que cumplan con los requisitos. Esa relación recogerá la puntuación de cada solicitud a la hora de asignar el tipo de vivienda adecuada a la composición de la unidad convivencial.
Las personas o unidades convivenciales interesadas en tomar parte en este procedimiento público deberán cumplir en la fecha límite de presentación de solicitudes los siguientes requisitos: Ser mayor de edad alguno de sus miembros y tener menos de 36 años en el momento de la solicitud. Empadronamiento mínimo en el municipio de Vitoria-Gasteiz de, al menos, 3 años, de alguno de los miembros de la unidad convivencial. Las personas de la unidad convivencial no deberán disponer de vivienda propia y en el último periodo impositivo del IRPF haber tenido unos ingresos ponderados que oscilen entre los 820,5 y los 51.282 euros, que supone un máximo de tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Se contemplan también criterios de baremación referidos a la antigüedad en la lista de solicitantes del programa, formar parte de colectivos con especial necesidad de vivienda de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, tener en el Casco Medieval el lugar de trabajo diario, un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad con grado de dependencia residente en el propio Casco Medieval y jóvenes que residan en el domicilio parental del Casco desde hace más de 3 años.
La asignación de las viviendas se realizará según la superficie de las viviendas y del número de componentes de la unidad convivencial. Las viviendas se destinarán para la vivienda habitual y permanente de las personas adjudicatarias y el plazo de arrendamiento será de 7 años de duración mínima con la posibilidad de prorrogarlo en las condiciones estipuladas en el artículo 10 de la Ley 29/1994.
La renta mensual a abonar por los adjudicatarios quedará determinada en función de los ingresos ponderados de la unidad convivencial y el tamaño de la vivienda adjudicada. Estas cantidades oscilan entre los 200 euros mensuales del precio más bajo para la vivienda de un dormitorio y aspirantes con unos ingresos entre 12.820,5 y 17.094, hasta la más elevada de 550 euros que abonarán por un piso de 3 o más dormitorios entre los solicitantes que tengan unos ingresos de 42.736 a 51.282 euros anuales.
En todo caso el precio no excederá del 30 % de los ingresos brutos anuales de la unidad convivencial y si alguna de las personas recibiese ayudas públicas en concepto de vivienda, dicha cantidad deberá formar parte de la renta a abonar de manera íntegra.
Información elaborada a partir de la fuente oficial: Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (blog de prensa) (28/10/2026)