El Derecho Civil Vasco Otorga Mayor Libertad en las Herencias

La reforma de 2015 permite apartar herederos sin justificación, a diferencia del Código Civil español, ofreciendo gran autonomía.

Imagen genérica de un documento de testamento con una pluma y libros legales al fondo.
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Imagen genérica de un documento de testamento con una pluma y libros legales al fondo.

El Derecho Civil Vasco, tras su actualización en 2015, proporciona una libertad considerable para decidir el destino de las herencias, permitiendo apartar herederos sin justificación, a diferencia del Código Civil español.

En el País Vasco, desde la reforma de 2015, el derecho civil ofrece una autonomía casi total para determinar el destino de las herencias. Esta normativa se aplica a todas las personas que poseen la vecindad civil vasca, marcando una clara diferencia con el Código Civil aplicable en el resto de España.
Para acogerse a este derecho, es necesario tener la vecindad civil vasca, que se adquiere por nacimiento en el País Vasco, por residir diez años de forma continuada sin manifestar lo contrario, o por solicitarla tras dos años de residencia. Este marco legal propio se extendió a todo el territorio vasco a partir de 2015, unificando lo que antes solo se aplicaba en ciertas áreas.

Da muchísima más libertad a la persona que otorga el testamento.

La principal distinción radica en que el derecho vasco otorga una mayor libertad al testador. Mientras que el Código Civil español exige reservar un tercio de la herencia (la legítima) para los herederos forzosos, en Euskadi esta obligación no existe. Es posible destinar todo el patrimonio a uno solo de los hijos o incluso a un nieto, sin que los demás puedan impugnar la decisión.
Esta acción se denomina apartamiento. A diferencia de la desheredación del derecho común, que requiere causas muy graves y justificadas, el apartamiento no necesita ninguna justificación. Simplemente, al no nombrar a ciertas personas en el testamento, o incluso declarando expresamente el apartamiento, estas no heredarán nada. La decisión, además, es inimpugnable.
El derecho foral vasco también incluye herramientas como el poder testatorio, que permite delegar en el cónyuge la facultad de repartir los bienes tras el fallecimiento. Otra figura relevante es el pacto sucesorio, un acuerdo firmado en vida entre el testador y sus herederos. Su objetivo es proporcionar estabilidad al patrimonio familiar y evitar conflictos, ya que las partes conocen de antemano los bienes que recibirán. Además, ofrece importantes beneficios fiscales: los primeros 400.000 euros recibidos por esta vía están exentos de tributación.
Respecto a los testamentos anteriores a 2015, es crucial actualizarlos. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2024 ilustró cómo un testamento previo a 2015, que dejaba a cuatro de cinco hijos la “legítima estricta”, fue impugnado con éxito por el quinto hijo tras el fallecimiento posterior a 2015. El tribunal le dio la razón, dejando a los otros cuatro hermanos sin bienes. Este caso subraya la importancia de que los ciudadanos vascos conozcan sus derechos y las herramientas que ofrece su legislación foral.