La curatela: el abogado explica la figura legal que ampara a las personas con discapacidad para decidir

Según el letrado Xabier Bilbao Ormazabal, esta herramienta jurídica sustituye a la antigua tutela y respeta la autonomía del adulto.

Imagen genérica: un documento legal y un bolígrafo, simbolizando el proceso de toma de decisiones.
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Imagen genérica: un documento legal y un bolígrafo, simbolizando el proceso de toma de decisiones.

El abogado Xabier Bilbao Ormazabal ha explicado la curatela, una nueva figura legal diseñada para asistir a personas adultas con discapacidad en la gestión de su día a día y la toma de decisiones.

La curatela es una figura legal creada para asistir a personas adultas cuando alguna discapacidad les impide gestionar su día a día o tomar decisiones. El letrado Xabier Bilbao Ormazabal señala que el objetivo es ofrecer ayuda "siempre atendiendo a su autonomía y voluntad", respetando al máximo la capacidad que la persona conserve.
Esta figura, surgida de una reciente reforma legal, sustituye al tradicional tutor. El curador es la persona nombrada para "asesorar y acompañar" al individuo con discapacidad para que pueda tomar sus propias decisiones. Se trata de un cambio de enfoque que busca una menor incapacitación y un mayor respeto por la voluntad de la persona.
La intervención del curador se adapta al grado de autonomía de la persona. En casos leves, su función es de simple asistencia y acompañamiento. Sin embargo, como señala Bilbao, "cuando ya esa falta de autonomía es muy importante, entonces el juez puede otorgar al curador facultades de representación de esa persona" para realizar actos concretos en su nombre.

"Cuando ya esa falta de autonomía es muy importante, entonces el juez puede otorgar al curador facultades de representación de esa persona"

San José Abogados
La curatela se establece siempre a través de un procedimiento judicial. Se aplica en situaciones de enfermedades cognitivas como el Alzheimer o la demencia, discapacidad intelectual, trastornos psiquiátricos o casos de prodigalidad, donde una persona no gestiona adecuadamente su patrimonio por adicciones u otros motivos.
El proceso puede ser iniciado por la propia persona afectada, aunque no es lo habitual. Lo más frecuente es que lo soliciten familiares directos (cónyuge, descendientes, hermanos) o que actúe el Ministerio Fiscal si detecta una situación de desprotección y la familia no ha intervenido.
El procedimiento se lleva a cabo en el juzgado de primera instancia y cuenta con varias garantías. El juez debe entrevistarse personalmente con el afectado para valorar su grado de discapacidad. Además, es obligatorio un dictamen médico forense para evaluar su estado y sus capacidades.

"El juez tiene que entrevistarse con esta persona, tiene que personalmente ver si efectivamente tiene esa situación de discapacidad"

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Durante el proceso, el juez también escucha a los familiares directos para determinar quién es la persona idónea para ejercer como curador. Con toda la información, y tras oír al Ministerio Fiscal, el juez emite un auto judicial donde se especifican los actos para los que la persona necesita ayuda, ya sean económicos, de salud o de otra índole.
Esta resolución nombra formalmente al curador y establece la duración de su cargo, que puede ser de hasta un máximo de 6 años prorrogables. El trámite suele durar unos seis meses y, dada la urgencia de estas situaciones, se recomienda a los familiares actuar con prontitud y buscar asesoramiento legal para iniciar la reclamación.